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Foto del escritorSantiago Rivas

La Armada Argentina y su Reserva Naval



Las reservas militares son esenciales no solo por el rol que cumplen ante un conflicto, sino también en tiempos de paz, al ser un nexo importante entre las Fuerzas Armadas y la comunidad civil. En tiempos en donde se empiezan a discutir nuevos proyectos de ley para modificar la conformación de las reservas militares, dialogamos con el Capitán de Fragata, Luis Alberto Díaz, jefe del Departamento Reserva Naval y Pensionados de la Armada Argentina, sobre las funciones que cumple la Reserva Naval, cómo está compuesta y qué requisitos deben cumplir quienes desean formar parte de ella.

 

Pucará Defensa: ¿Cuál es su responsabilidad y función en la Armada Argentina?

CF Luis Díaz: En mi carácter de Jefe del Departamento Reserva Naval y Pensionados de la Armada Argentina tengo como responsabilidad capacitar y adiestrar a la Reserva Naval y la función de generar las pensiones a los familiares del personal militar fallecido.

 

PD: ¿Cuál es el origen, evolución y características actuales de la Reserva Naval en la Armada Argentina?

LD: De modo sucinto he de explicar a continuación el origen, evolución y características actuales de la Reserva de la Armada Argentina:

Atendiendo a una breve reseña histórica de la Reserva Naval, cabe recordar que sus orígenes se hallan en la Matrícula de Mar existente durante el Virreinato del Río de la Plata, que consistía en un organismo reclutador de súbditos que ejercían oficios tales como carpinteros de ribera, calafateadores y otras actividades vinculadas con el movimiento portuario destinados a prestar servicios tanto en el Apostadero Naval de Montevideo, en su delegación en Buenos Aires, como en los buques que de ellos dependían.

Producida la Revolución de Mayo, las primeras naves de guerra fueron tripuladas con tropas del Ejército hasta que el 8 de noviembre de 1815 se produjo la creación de la Compañía de Matrículas según el espíritu de las ordenanzas navales españolas, por orden del Comandante General de Marina Coronel Matías Irigoyen y de la Quintana. Así fue como surgió la Reserva de la Armada, conformada por ciudadanos con diferentes profesiones al servicio de su Patria.



Actualmente las reservas de las Fuerzas Armadas tienen su marco jurídico en la Ley Nº 19.101 denominada “Ley Para el Personal Militar”, que en su Artículo 3º establece que “La reserva del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea son aquellas organizaciones de sus respectivas fuerzas armadas, que sirven al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, permanente”.

También existen otras leyes que la citan como por ejemplo la Ley Nº 17.531 “Ley del Servicio Militar”, la Ley Nº 24.429 “Ley del Servicio Militar Voluntario” y la Ley Nº 24.948 “Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas”.

Tomando como base lo establecido en la presente ley cabe afirmar que la Reserva Naval de la Armada Argentina sirve al propósito de completar, cuando así se disponga, los efectivos del cuadro permanente de la Institución, y que estará destinada para su empleo inmediato y recibirá alistamiento permanente, de forma que permita cubrir, sin demora, los cargos y puestos que fueran necesarios por funciones derivadas del servicio naval, en situaciones de guerra, crisis o emergencias locales, nacionales o de misiones internacionales.

Resulta importante destacar que hay un objetivo implícito que consiste en estrechar fuertes lazos con la sociedad para contribuir a crear conciencia acerca de la importancia y necesidad de las Fuerzas Armadas para la Defensa Nacional.

La Armada Argentina en función de las leyes vigentes promulgó la publicación “Reglamento para la administración del personal de la Armada” – (R.A.P.A) – Título I – Volumen 6 – Personal de la Reserva Naval, que es la reglamentación que permite regularizar la situación administrativa de los reservistas.

 



PD: ¿Cómo se organiza la Reserva Naval?

LD: La Reserva Naval se la clasifica de la siguiente manera:

Por su origen:

·                           Proveniente del Cuadro Permanente, compuesto por el Personal Militar Retirado con o sin haber y el Personal Militar dado de baja, que conforma la reserva principal y están listos a ser convocados.

·                           No Proveniente del Cuadro Permanente, compuesto por el Personal de los Servicio Militar Obligatorio (suspendido en el país en 1994) y Voluntarios, los egresados de los Liceos Navales, y de las escuelas de la marina mercante y todo ciudadano argentino que sin haber cumplido con el Servicio Militar Obligatorio obtenga títulos, aptitudes o especializaciones calificadas para integrar la Reserva Naval con un grado de Oficial o Suboficial para el eventual caso de convocatoria.

Por su grado de preparación para el servicio activo:

·                           Primera Reserva: tendrá la finalidad de ser empleada en forma inmediata a fin de satisfacer los requerimientos del servicio naval y completar los efectivos del cuadro permanente, por convocatoria o en forma voluntaria. Estará compuesta por el Personal Militar Retirado con o sin haber, Personal Militar dado de baja, Personal Militar incorporado por períodos determinados, Conscriptos y Servicio Militar Voluntario, dado de baja.

·                           Segunda Reserva: compuesta por el Personal que sirve para completar los requerimientos no satisfechos por la primera reserva hasta los 65 años de edad y el Personal de la Reserva Naval Fuera de Servicio, compuesto por los ciudadanos que reúnen los requisitos establecidos en los artículos 35 incisos 3º, 4º y 5º y 36 inciso 3º, 4º y 5º de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101 y sus modificatorias.



Por su situación de revista:

·                           Reserva Incorporada es el personal que presta servicio activo en la Armada por un tiempo determinado según las necesidades del servicio naval. Se lo incorpora por medio de una Resolución del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada.

·                           Reserva Fuera de Servicio es el personal que se adiestra cumpliendo el Plan de Capacitación y adiestramiento de la Reserva Naval Fuera de Servicio.

Por su capacidad militar:

·                           Instruida, es el personal que egresó a través de institutos de formación.

·                           No Instruida, son los ciudadanos que no recibieron formación militar.

Por su adiestramiento:

·                           Operativa, está integrada por el personal que a través de cursos/ejercicios de perfeccionamiento mantienen su capacidad operativa.

·                           Administrativa o logística, está compuesto por el personal que, de acuerdo a su edad y conocimientos, se perfeccionan a través de cursos para cubrir esas áreas.

 

En la actualidad la Reserva Fuera de Servicio de la Armada, está constituida por ciudadanos que en forma voluntaria han decidido formar parte de sus filas, provenientes de la marina mercante y del quehacer nacional que, por trayectoria, especialidad y prestigio, tienen una estrecha vinculación e identificación con los principios y los objetivos fundamentales que animan el accionar de la Armada Argentina.

La Armada, para cumplir con su misión, siempre adiestró y capacitó a su personal de reserva en función de las reglamentaciones vigentes.

 



PD: ¿Cómo se forman los oficiales de la Reserva Naval?

LD: En el año 2017 se crearon y definieron los perfiles profesionales que debería tener un Oficial de Reserva no proveniente del cuadro permanente y a partir del año 2021 se puso en vigencia el Curso de Formación de Oficiales de la Reserva Naval Fuera de Servicio, que se encuentra dividido en tres etapas:

 

a) En la primera destinada a los Guardiamarinas y Tenientes de Corbeta, el adiestramiento está a cargo de la Escuela Naval Militar, en Río Santiago, y tiene una duración de 8 años. A su finalización, y tras haber alcanzado las competencias exigidas, quedarán habilitados para ejercer la función de “Jefe de División”.

En esta formación inicial a distancia y con una duración de 5 meses, cursan diferentes materias, realizan trabajos prácticos y rinden exámenes.

Posteriormente y en modo presencial de 10 días realizan actividades náuticas, rinden pruebas físicas, condiciones de tiro y examen de inglés.

Luego continúan con la sub-etapa de formación continua, capacitación y adiestramiento anual a distancia durante 5 meses y presencial 3 días al año, donde son destinados a unidades de la Armada para ser evaluados sobre las competencias que deben adquirir.

 

b) En la segunda etapa para los Tenientes de Fragata y Tenientes de Navío, el adiestramiento está a cargo de la Escuela de Oficiales de la Armada, en Puerto Belgrano, y tiene una duración de 8 años.

Al finalizar y al haber alcanzado las competencias exigidas, quedarán habilitados para ejercer la función de "Jefe de cargo”.

Este ciclo consiste en una subetapa de formación continua, capacitación y adiestramiento anual a distancia de 5 meses y presencial 3 días al año, donde también es destinado a una unidad de la Armada para ser evaluado.




 

c) La tercera etapa es para los Capitanes de Corbeta y Capitanes de Fragata, donde el adiestramiento está a cargo de la Escuela de Guerra Naval, en Capital Federal, y tiene una duración de 8 años. Al finalizar y al alcanzar las competencias, estarán habilitados para cumplir la función de “Jefe de departamento”. La evaluación se realiza de la misma forma que en la etapa anterior.

 

De esta manera el Oficial de Reserva pasa por las tres escuelas de formación de los oficiales del cuadro permanente, logrando la integración plena dentro de la Institución.

Indistintamente de este curso de formación, la Reserva Naval realiza un ciclo de adiestramiento anual en el Edificio Libertad, que se inicia en febrero y finaliza en diciembre, y que consiste en dos adiestramientos mensuales los días sábados, donde se realiza orden cerrado, instrucción, capacitaciones y conferencias, tales como RCP y DEA, armas menores, intereses marítimos, violencia de género, Gesta de Malvinas, Antártida, meteorología, navegación, tradiciones marineras, entre otras.

También se realizan visitas periódicas a las distintas bases navales y de Infantería de Marina a efectos de que el personal de reserva conozca su Armada y a la vez para que el cuadro permanente interactúe con ellos y aprecie el potencial de la Reserva para que lo pueda emplear ante un requerimiento específico.

Estas visitas han arrojado muy buenos resultados debido a que la idoneidad y experiencia adquirida por los reservistas en sus respectivas trayectorias profesionales sirvieron para brindar correctos asesoramientos y soluciones a las problemáticas que se les presentaron a los comandantes que los requirieron.

A su vez, realizan embarcos en distintas unidades navales para que conozcan y se familiaricen con los diferentes roles que cubre el personal militar en actividad durante una navegación, al tiempo que reciben instrucción de lucha contra incendio, abandono y supervivencia.

 



PD: ¿Qué misiones cumplen?

LD: Los Oficiales y Suboficiales de la Reserva Naval reciben capacitación para sus roles, tanto en el ámbito específico como en el conjunto realizando diversos cursos entre los que cabe destacar: Oficial Control de Tráfico Marítimo, Curso de Estado Mayor Especial, Curso Módulos Estandarizados de Capacitación Genérica de la ONU, Curso de embarcaciones menores, Curso de búsqueda y rescate, Curso de supervivencia, entre otros.

Como reconocimiento al compromiso, responsabilidad, entusiasmo, voluntad, iniciativa, sentido de pertenencia, vocación de servicio, espíritu de camaradería y amor a la Patria, la Armada Argentina todos los años selecciona un reservista que en su trayectoria cumpla con lo manifestado anteriormente y se lo invita a navegar en un tramo del viaje de instrucción que realiza el buque escuela Fragata Libertad.

También, en el presente año, se coordinó con el Área Naval Austral para que todos los meses puedan ir reservistas a conocer la Base Naval Ushuaia y sus distintas dependencias como parte del Plan de Instrucción, Adiestramiento y Capacitación de la Reserva Naval. Si en la estadía del reservista coincide con alguna Unidad Naval que zarpa para hacer los relevos de los puestos de vigilancia (Puerto Parry y Bahía Buen Suceso) se los invita a navegar.

Las altas y ascensos de los Oficiales de la Reserva Naval se otorgan por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.

Las altas y ascensos de los Suboficiales de la Reserva Naval se otorgan por Resolución del Jefe del Estado Mayor General de la Armada.

Los Oficiales de Reserva tienen habilitada la carrera hasta el grado de “Capitán de Fragata”, y los suboficiales hasta el grado de “Suboficial Primero”.

En el ámbito de la Armada Argentina se creó la Distinción Protocolar de “Comodoro de Marina” para aquellos integrantes de la Reserva Naval, cuya actividad revista relevancia y/o visibilidad particular, por haber demostrado con su conducta personal a través de los años una estrecha vinculación e identificación con los principios y objetivos fundamentales de la Armada Argentina, y evidenciando vocación de servicio, entrega desinteresada hacia la Institución y contribuido con su accionar al engrandecimiento de ésta.




              

PD: ¿Cuáles son las condiciones generales para ingresar a la Reserva Naval?

LD: El personal militar proveniente del cuadro permanente a partir del momento en que pasa a retiro o baja.

El personal que no proviene del cuadro permanente deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser argentino nativo o por opción.

b) No ser infractor a las leyes de enrolamiento y/o del servicio de conscripción.

c) No haber sido dado de baja de establecimientos militares por mala conducta o falta de aptitud profesional o cualquier otra causa, que dentro de los reglamentos sea motivo de “baja con prohibición de ingreso”.

d) Presentar Certificado de Reincidencia otorgado por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

e) Autorización para requerir antecedentes penales (Policiales y/o Judiciales – Art. 51 del C.P.N – Cap. 1/02, Arts. 1.03.06 y 1.04.10)

f) Aprobar el examen médico que fija la Publicación “Reglamento de Aptitud Psicofísica para el Personal Militar de la Armada Argentina”.

 

Las Formas de Incorporación al Servicio Activo son:

Los Oficiales, Suboficiales y Tropa de la Reserva Naval Fuera de Servicio, podrán ser incorporados por convocatoria o en forma voluntaria.

Las Convocatorias son por períodos y finalidades que establezca el Poder Ejecutivo Nacional por el Decreto correspondiente.

La convocatoria Voluntaria es para adecuar el adiestramiento de la Reserva Naval Fuera de Servicio y cubrir en cantidad y calidad los requerimientos que surjan del planeamiento y del servicio naval, mediante Resolución del Jefe de Estado Mayor General de la Armada.

Las incorporaciones deberán ser siempre en áreas afines de acuerdo con su formación, conocimiento y experiencia.

 



PD: ¿Por qué es importante tener reservas?

LD: Las fuerzas armadas en tiempo de paz no llegan a completar en su totalidad las planillas orgánicas de personal, por eso es importante contar con reservas debidamente adiestradas, capacitadas e instruidas que permitan, en tiempos de crisis, emergencias o conflicto, completar los efectivos del cuadro permanente. La mayoría de los reservistas en el ámbito privado y público adquirieron capacitaciones profesionales significativas, alcanzando algunos importantes funciones y cargos que pueden influenciar en forma positiva ante determinadas cuestiones de índole militar.

Los reservistas fortalecen la relación cívico militar y son los voceros ante la sociedad para difundir los quehaceres que demanda la vida militar, dado que los civiles no conocen el ambiente en que se desarrolla el militar, debido a la supresión del servicio militar obligatorio.

Indudablemente, tener reservas debidamente instruidas y listas a ser convocadas aumenta la capacidad disuasiva y defensiva de la Nación, con un bajo costo.

Esto sin lugar a dudas permite contar con una capacidad de alto valor estratégico.

El sistema de reservas de las fuerzas armadas se encuentra fundado en la Ley Nº 23.554, que sienta la obligatoriedad de la Defensa Nacional conformando un derecho y deber para los ciudadanos, en la forma y términos que determinan las leyes.

A la vez, establece que todas las personas de existencia visible y/o jurídicas sujetas a las leyes argentinas, podrán ser requeridas para el cumplimiento de obligaciones destinadas a asegurar la Defensa Nacional.

Dichas obligaciones deberán ser consideradas como un servicio de Defensa Nacional y comprenderán, entre otras, el servicio militar y el servicio civil de defensa.

Para recibir mayor información pueden consultar al email arareser@armada.mil.ar o telefónicamente al conmutador de la Armada 4317-2000 interno 3799.

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Pucará Defensa

Análisis, opinión e información estratégica sobre Defensa y Seguridad en América Latina 

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